ÍNDICE LEGAL

COMPENSACIONES Y BONIFICACIONES EN SOMOS WIM

Wim marca digital AT&T deberá bonificar y compensar al suscriptor en los siguientes casos:

  1. Cuando wim marca digital AT&T no preste el Servicio en la forma y términos convenidos, contratados, ofrecidos o implícitos, o en la información desplegada en la publicidad del proveedor, así como con los índices y parámetros de calidad contratados o establecidos por el IFT, deberá compensar al consumidor la parte proporcional del precio del servicio, plan o paquete que se dejó de prestar, y como bonificación al menos el 20% del monto del periodo de afectación.

  2. Cuando la interrupción del servicio sea por casos fortuitos o de fuerza mayor, si esta dura más de 72 horas consecutivas siguientes al reporte del suscriptor, wim marca digital AT&T hará la compensación por la parte proporcional del periodo en que se dejó de prestar el servicio contratado. Además, deberá bonificar al menos el 20% del monto del periodo de afectación.

    La compensación y bonificación que correspondan se realizarán en servicios de forma proporcional conforme a la oferta comercial y se aplicarán en un plazo no mayor a 15 días naturales desde que se presente el caso correspondiente.

  3. Cuando wim marca digital AT&T realice cargos indebidos, deberá bonificar el 20% sobre el monto del cargo realizado indebidamente.

En caso de que proceda la bonificación y/o compensación, wim marca digital AT&T se obliga a:

  1. Realizarlas en un plazo no mayor a 5 días hábiles desde que se actualicen los supuestos antes descritos o se haya presentado la reclamación correspondiente por parte del suscriptor.

  2. Las bonificaciones y compensaciones se realizarán en servicios, y wim marca digital AT&T notificará su aplicación mediante mensaje de texto al suscriptor.